Fecha de última actualización: 16 de mayo de 2025


Glosario

Suministro eléctrico general

Se refiere al servicio de electricidad que alimenta las áreas o equipos comunes del edificio, en este contexto específico, las bombas de agua.

Bombas (del Edificio 25)

Equipos electromecánicos destinados a impulsar el agua para el abastecimiento del Edificio 25, cuya operación depende del suministro eléctrico mencionado.

Fraccionamiento Santa Isabel Castillotla

Nombre propio del conjunto habitacional donde se ubica el Edificio 25.

Propietarios

Personas que poseen legalmente una o más unidades privativas (departamentos, casas) dentro del Edificio 25. Son responsables del cumplimiento de las obligaciones económicas relacionadas con los servicios comunes.

Inquilinos

Personas que ocupan una unidad privativa mediante un contrato de arrendamiento, y que, según el contrato o los acuerdos, pueden asumir ciertas responsabilidades del propietario, incluyendo el pago de servicios.

Arrendatarios

Término legalmente sinónimo de "inquilino"; persona que toma en alquiler un inmueble.

Obligaciones

Deberes o responsabilidades que deben ser cumplidas, en este caso, el pago puntual del servicio eléctrico.

CFE (Comisión Federal de Electricidad)

Empresa estatal mexicana encargada de proveer el servicio de energía eléctrica en el país.

Suspensión del servicio

Interrupción temporal del suministro eléctrico por parte de CFE debido a la falta de pago u otras causas contractuales.

Cargo

Monto adicional aplicado a la factura del servicio eléctrico, generalmente por conceptos como reconexión, mora, o ajustes administrativos derivados de un incumplimiento.

Multa

Sanción económica impuesta como penalización por el incumplimiento de alguna obligación, en este contexto, relacionada con el pago del servicio eléctrico.

Pago puntual

Realizar el pago del servicio antes o en la fecha límite establecida por CFE en la factura o recibo del servicio bajo el concepro de "LÍMITE DE PAGO" e incluido en la captura del mismo al inicio de este sitio en cada periodo de pago.

Relación de Arrendamiento

Contrato mediante el cual el propietario (arrendador) cede el uso temporal de un inmueble al inquilino (arrendatario) a cambio de un pago periódico (renta) y el cumplimiento de ciertas condiciones.

Corte del servicio

Acción física o administrativa por la cual CFE interrumpe el suministro de electricidad a un usuario.

Días naturales

Se refiere a todos los días del calendario, incluyendo fines de semana y días festivos, para el cómputo de plazos.

Cancelación total del servicio

Terminación definitiva del contrato de suministro eléctrico con CFE. Esto implica la baja del servicio y, para restablecerlo, generalmente se requiere un nuevo contrato y el pago de posibles adeudos y cargos asociados.

Incumplimiento de Pago del Suministro Eléctrico General

Falta de liquidación oportuna del adeudo correspondiente al consumo de energía eléctrica comunitaria destinada a las bombas del edificio, por parte de los responsables designados (Propietarios, Inquilinos o Arrendatarios).

Suspensión del Servicio ante CFE (Consecuencia por Incumplimiento)

Interrupción temporal del suministro eléctrico general, gestionada ante la Comisión Federal de Electricidad (CFE), como resultado directo del incumplimiento en el pago de dicho servicio.

Plazo de Gracia Post-Corte (20 Días Naturales)

Periodo de veinte días calendario, contados a partir de la fecha efectiva del corte del suministro eléctrico general, otorgado al responsable del adeudo para liquidar el pago pendiente y cubrir cualquier cargo derivado.

Cancelación Total del Servicio (Consecuencia Final por Incumplimiento)

Terminación definitiva del contrato y servicio de suministro eléctrico general con CFE, ejecutada debido a la persistencia del incumplimiento de pago más allá del plazo de gracia establecido. El restablecimiento del servicio requerirá la formalización de un nuevo contrato y el pago de los costos asociados.

La Administración

Se refiere al órgano o grupo de personas formalmente designado y encargado de la gestión, operación, mantenimiento y representación de los intereses comunes del Edificio 25 del Fraccionamiento Santa Isabel Castillotla.

El grupo actualmente en funciones como "La Administración" fue electo mediante votación directa de los habitantes en asambleas presenciales celebradas con anterioridad. Con el objetivo de fomentar la transparencia y facilitar el acceso a la información, los registros de dichas votaciones, así como la documentación de futuros procesos electivos y decisiones administrativas relevantes, se registrarán y estarán disponibles para consulta en el sitio web oficial: https://www.staic.org.

La Administración actualmente constituida se reserva el derecho de definir la composición, roles y estructura interna de su equipo de trabajo, con el fin de asegurar el desempeño eficiente de sus responsabilidades.

La renovación o elección de una nueva Administración se llevará a cabo a través de un proceso de votación formal convocado para tal fin. Para que este proceso electoral sea válido, se requerirá la postulación de al menos dos candidatos o planillas (pudiendo una de estas ser la Administración en funciones). La elección será considerada efectiva y vinculante si participa en la votación un porcentaje mínimo de los habitantes con derecho a voto, conforme a lo que establezcan los reglamentos internos del condominio y/o en concordancia con las disposiciones legales aplicables para asociaciones civiles o regímenes de propiedad en condominio en México.

Términos y Condiciones

Obligaciones de Pago

Suministro Eléctrico para Bombas de Agua (Áreas Comunes)

IMPORTANTE En caso de incumplimiento de la obligación del pago puntual del suministro eléctrico general, responsabilidad que es compartida por todos los PROPIETARIOS, INQUILINOS o ARRENDATARIOS, SE PROCEDERÁ A SOLICITAR LA SUSPENSIÓN DEL SERVICIO ANTE CFE. Cualquier cargo o multa generados a la cuenta del servicio por falta de pago puntual por cualquiera de los responsables mencionados, deberá ser cubierto por quien haya incurrido en dicha falta. Como excepción, si un INQUILINO ha terminado la relación de ARRENDAMIENTO con el PROPIETARIO, la responsabilidad de pago recaerá en el PROPIETARIO. En cualquier caso, el responsable contará con 20 días naturales después de haberse realizado el corte del servicio para cumplir con dicha obligación. EN CASO DE NO CUMPLIRSE, SE PROCEDERÁ A REALIZAR LA CANCELACIÓN TOTAL DEL SERVICIO.

Modalidades y Condiciones de Pago de Cooperaciones

Para el pago de la cooperación correspondiente a cada departamento, destinada a cubrir los gastos comunes que se especifiquen (como el servicio eléctrico de las bombas), se establecen las siguientes modalidades, cargos y condiciones:

  1. Transferencia Bancaria

    • El monto total a cubrir mediante transferencia electrónica se compondrá de: la cooperación base asignada al departamento, más un cargo adicional por gestión de pago electrónico de $1.00 MXN (un peso 00/100 M.N.).
    • Para la correcta e inequívoca identificación del pago, será requisito indispensable que al realizar la transferencia se especifique obligatoriamente en el campo de concepto o referencia de pago la leyenda "sic25coop###", donde "###" representa el número del departamento, el cual deberá componerse de tres dígitos. Por ejemplo:
      • Para el departamento 1: "sic25coop001"
      • Para el departamento 105: "sic25coop105"
    • La falta de este concepto o un concepto incorrecto podría generar retrasos en la identificación y aplicación del pago.
  2. Pago en Efectivo

    • El monto total a cubrir en caso de optar por el pago en efectivo se compondrá de: la cooperación base asignada al departamento, la cual, si incluyera fracciones de peso que dificulten su pago exacto en moneda física, será redondeada hacia arriba al múltiplo de cincuenta centavos ($0.50 MXN) o al peso entero superior más próximo para facilitar su liquidación. El monto exacto a pagar en efectivo, ya incluyendo este ajuste por redondeo en la cooperación base, estará disponible para consulta en el sitio web oficial (https://www.staic.org), siendo responsabilidad de cada aportante verificar la cantidad final antes de realizar su pago. A esta cooperación base redondeada se le sumará un cargo adicional por manejo de efectivo de $10.00 MXN (diez pesos 00/100 M.N.).
Naturaleza, Destino y Propiedad de los Cargos Adicionales y Montos por Redondeo:

Se establece y se hace del conocimiento de todos los aportantes que los siguientes montos:

  1. El cargo adicional de $10.00 MXN por manejo de efectivo en pagos realizados en esta modalidad.
  2. El cargo adicional de $1.00 MXN por gestión de pago electrónico en pagos realizados vía transferencia bancaria.

No forman parte de la cooperación base destinada a cubrir los gastos comunes del edificio (tales como el servicio eléctrico de las bombas u otros que se definan) y, por ende, no se acreditarán al saldo del departamento para dichos fines ni se integrarán al fondo común de gastos del edificio.

La totalidad de estos cargos adicionales (mencionados en los incisos a y b) serán ingresados directamente a una cuenta personal y privada del titular encargado de la administración y recaudación de las cooperaciones. Estos importes constituyen una comisión y compensación personal para el titular por concepto de gestión administrativa, dedicación de tiempo, procesamiento y conciliación de pagos (tanto en efectivo como electrónicos), y por las responsabilidades y esfuerzos inherentes a estas labores.

En consecuencia, todos estos cargos adicionales son de libre disposición y propiedad exclusiva del titular para su uso personal, no estando sujetos a rendición de cuentas dentro de los gastos del edificio ni debiendo ser utilizados para cubrir egresos comunes.

Modificaciones a los Términos y Condiciones

La Administración del Edificio 25 del Fraccionamiento Santa Isabel Castillotla (en adelante, "la Administración") se reserva el derecho de modificar o actualizar los presentes Términos y Condiciones en cualquier momento.

Estas modificaciones entrarán en vigor inmediatamente después de su publicación en el sitio web oficial (https://www.staic.org) o mediante notificación por los canales de comunicación establecidos por la comunidad.

Es responsabilidad de cada Propietario, Inquilino y Arrendatario revisar de forma periódica los Términos y Condiciones para informarse sobre cualquier actualización. La continuación en el cumplimiento de las cooperaciones o el uso de las instalaciones y servicios comunes después de la publicación de dichas modificaciones constituirá la aceptación de los nuevos términos.